Facturación electrónica obligatoria en RD: guía para inmobiliarias antes del 15 de noviembre

1 de noviembre de 2026 · 4 min de lectura

Facturación electrónica obligatoria en RD: guía para inmobiliarias

Si tienes una inmobiliaria o trabajas como agente con RNC, este mes cambia la forma de facturar. La DGII recordó que el 15 de noviembre de 2026 vence la prórroga para que los contribuyentes pequeños, micro y no clasificados empiecen a emitir facturas electrónicas (e-CF). Los grandes y medianos ya emiten solo comprobantes electrónicos desde el 1 de noviembre.

En esta guía te explicamos qué cambia, cómo saber si te toca y qué hacer para facturar tus comisiones sin enredos.

¿Qué es la facturación electrónica (e-CF)?

El e-CF (comprobante fiscal electrónico) es la factura con valor fiscal que se emite, se firma digitalmente y se envía a la DGII al momento. Sustituye al comprobante con NCF de secuencia impresa (B01, B02…). Cada e-CF lleva un código QR con el que tu cliente, o cualquiera, puede verificar que la factura es válida.

La obligación viene de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica, que la hace obligatoria para todos los contribuyentes por etapas, según su tamaño.

¿A quién le toca y desde cuándo?

  • Grandes y medianos contribuyentes: desde el 1 de noviembre de 2026 emiten solo comprobantes electrónicos (tipo «E»).
  • Pequeños, micro y no clasificados: la prórroga de la DGII vence el 15 de noviembre de 2026.

Si no sabes en qué grupo estás, revísalo en la Oficina Virtual de la DGII o pregúntale a tu contador. Es lo primero que debes confirmar.

¿Qué cambia para una inmobiliaria?

En el día a día de una inmobiliaria se factura sobre todo la comisión por venta o alquiler. Con el e-CF:

  1. Cada factura pasa por un proveedor autorizado. No basta con un PDF bonito: un proveedor de servicios de facturación electrónica autorizado por la DGII firma y reporta la factura.
  2. El ITBIS y las retenciones deben estar bien desde el inicio. Si el cliente es una empresa, la retención y el desglose del ITBIS tienen que coincidir con lo que reportas.
  3. La factura sale al momento. Ya no hay talonarios ni secuencias que se agotan: la factura queda registrada en la DGII cuando la emites.

Qué hacer antes del 15 de noviembre

  1. Confirma tu grupo de contribuyente con la DGII o tu contador.
  2. Elige un proveedor de facturación electrónica autorizado por la DGII. Hay opciones gratuitas para empezar.
  3. Completa el proceso de certificación que te indique tu proveedor (certificado digital y pruebas con la DGII).
  4. Revisa cómo facturas tus comisiones: quién es el cliente (el desarrollador, el comprador o la empresa), cuándo se factura y si va «más ITBIS» o «ITBIS incluido».
  5. Haz una factura de prueba antes de la fecha límite, no el mismo día.

Cómo lo resuelve NovoProspect

En NovoProspect, el CRM + ERP inmobiliario hecho en RD, la factura nace del negocio:

  • Cuando una venta se confirma, la comisión aparece lista para facturar, con el ITBIS y la retención ya calculados.
  • NovoProspect se conecta a tu proveedor de facturación electrónica, que valida la factura con la DGII y te la devuelve con su código QR. Queda guardada con su PDF para enviarla al cliente.
  • Cada empresa contrata su propio servicio. Nosotros sugerimos mSeller: tiene una opción gratuita y ya viene preconfigurado en NovoProspect, así que solo conectas tu cuenta.
  • Mientras la DGII te lo permita, puedes seguir usando tus secuencias de NCF en el mismo sistema.

👉 Mira cómo funciona paso a paso en Facturación electrónica e-CF para inmobiliarias.

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir usando mis NCF B01 y B02? Depende de tu grupo y de lo que indique la DGII. Los grandes y medianos ya no pueden emitirlos desde el 1 de noviembre. Los demás deben pasar a e-CF al vencer la prórroga.

¿Necesito cambiar de sistema? No necesariamente. Lo que necesitas es un proveedor autorizado. Si tu CRM se conecta a ese proveedor, sigues trabajando igual y la factura sale electrónica.

¿Cuánto cuesta? Depende del proveedor. Algunos, como mSeller, tienen un plan gratuito para empezar.

¿Y si soy agente independiente? Si facturas tus comisiones con tu propio RNC, la obligación también te aplica según tu clasificación. Confírmalo con la DGII.


Información general basada en los avisos de la DGII de noviembre de 2026. Confirma tu caso con la DGII o con tu contador.

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